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Jornadas Interculturales 2013 HOSPITALIDAD Derecho y Deber
12 years ago by Convivir Sin Racismo 0 comment
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A lo largo del año 2012, la ONG Pueblos Unidos ha realizado 1.277 visitas a un total de 328 personas
internadas en el CIE de Madrid. Esto supone más del 10% del total de internos
del CIE de Aluche, estimado en 3060 personas a lo largo del año. Por primera
vez, el informe recoge datos del CIE de Barcelona, también basados en un grupo
de visitas estable, que ha acompañado a 55 personas internadas.
Condiciones de internamiento
Esta experiencia cotidiana constata el fuerte
impacto humano y psicológico del internamiento, que genera profunda angustia,
sufrimiento, desesperanza, desconcierto, estrés, desgarro… en las personas
internas, en sus familias y en sus grupos de amigos y vecinos. La segunda parte
del informe, de la A a la Z, muestra el drama humano de los CIE, a través de
historias personales.
Las condiciones de privación de libertad en los CIE son
muy deficientes, no solo en cuanto a infraestructuras sino, sobre todo, en
cuanto a las posibilidades reales de ejercitar derechos básicos como el derecho
a la información, a comunicarse con el exterior, al contacto con familiares, a
formular quejas al Juzgado de control, a recibir visitas de entidades sociales,
etc. Los CIE son, además, centros opacos que no brindan información pública ni
permiten, en general, el acceso de terceros ajenos a la policía o a las
empresas y entidades por ellos contratadas.
La dureza del internamiento se agrava en los casos en los
que las personas se encuentran en una situación de particular vulnerabilidad. A
lo largo del año han detectado y acompañado estas situaciones destacables:
- 24 personas con enfermedades físicas o mentales
- 127 personas que no tienen a nadie que les visite
- 83 personas que requieren intérprete pues no entienden el idioma
- 56 personas con hijos menores a su cargo (de los cuales once son menores de nacionalidad española)
- 4 mujeres especialmente vulnerables (embarazada, víctimas de trata, víctima de violencia de género)
Los CIE españoles no
proporcionan un marco razonable para atender adecuadamente estas situaciones personales.
Control migratorio indiscriminado.
Además de las carencias en las condiciones del
internamiento, hay graves deficiencias en el sistema de ingresos en los CIE. El
modo en que España emplea la detención administrativa en los CIE es arbitrario.
De acuerdo con el derecho internacional, el derecho europeo y el derecho
español, esta medida debe ser utilizada sólo como último recurso. La expulsión
forzosa y, para ello, la privación de libertad, es una medida que restringe un
derecho fundamental, como es la libertad. Cuando el Estado decide restringir
dicho derecho individual por una falta administrativa, está obligado a hacerlo
muy cuidadosamente.
En este sentido, Naciones Unidas y la directiva europea
de retorno establecen un marco de control de la estancia irregular en el que
las expulsiones y el internamiento no son automáticos sino que los Estados
deben analizar la situación concreta, caso por caso, de la persona extranjera. Algunos
países europeos han elaborado listados de factores que la policía debe tener en
cuenta a la hora de solicitar un internamiento, que incluyen aspectos
relacionados con:
- posibilidades reales de proceder a la expulsión forzosa;
- circunstancias individuales, familiares y comunitarias;
- situación jurídica en materia de extranjería, tales como la existencia de una solicitud de regularización o un recurso contra la orden de expulsión.
En los CIE españoles, sin
embargo, hay numerosas personas con decretos de expulsión por estancia
irregular, cuyas circunstancias particulares no han sido consideraras ni por la
policía ni por los juzgados que autorizaron el internamiento. A lo largo del
año 2012, incluso detectarón en el CIE de ALUCHE, 18 casos en los que la persona ni
siquiera tenía una orden de expulsión previa al internamiento. Atender a las
circunstancias concretas de cada caso en vez de gestionar el control migratorio
de manera indiscriminada, aunque sea más complejo, es más acorde con las
exigencias de nuestro estado de Derecho.
Criminalización de las personas
inmigrantes
Según los datos facilitados, a lo largo del año 2012, menos de
un tercio de las personas visitadas en el CIE (exactamente el 27%) tenían
antecedentes penales, es decir, una condena penal.
Este dato contrasta con la cifra del 87% de “expulsiones
cualificadas” que maneja el Ministerio del Interior, que intenta convertir así la
gestión de los CIE en una cuestión de seguridad ciudadana. Sin embargo, estas
cifras son muy ambiguas y poco creíbles. No hay cifras públicas de la población
que pasa anualmente por los CIE, ni del porcentaje de personas ingresadas en
los CIE que son finalmente expulsadas, ni del perfil jurídico de estas
personas. Y cuando preguntan por esta cifra, aparece el hecho de que se
refiere al total de personas expulsadas (aunque la mayoría no pasan por los
CIE), que no incluye las personas recién llegadas a España (que por definición
carecen de antecedentes penales), que incluye también antecedentes policiales
(no hay justificación para asemejarlo a antecedentes penales) o procesos
judiciales en trámite (violando con ello la presunción de inocencia).
Por ello reclaman mayor transparencia en este punto, con
términos más precisos que el de “expulsiones cualificadas” y con mayor desglose
de los datos.
El Reglamento de los CIE
Durante el año 2012, el Gobierno ha manifestado su
propósito de elaborar un Reglamento de los CIE, abriendo para ello un diálogo
con las entidades sociales, al que diversas organizaciones sociales de todo el Estado nos hemos sumado con voluntad
constructiva. Sin embargo, el resultado ha sido de momento muy decepcionante,
pues el proyecto no altera el régimen de ingreso en los CIE ni garantiza la
efectividad de los derechos de las personas internas, sino que consolida el
modelo actual. Por ello, se ha señalado que el cambio de denominación a Centros de
Estancia Controlada de Extranjeros (CECE) es un eufemismo inaceptable.
Puedes descargarte el informe completo en el siguiente enlace:
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